Cabotaje es incluido en reforma a Ley de Aviación… pero diputados sugieren eliminarlo
El cabotaje sí está considerado en la iniciativa de reforma a la Ley de Aviación Civil y Aeropuertos… pero la Comisión de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes de la Cámara de Diputados sugiere no considerar la reforma a la ley propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
“Por las razones antes mencionadas no debería estar incluido el tema del cabotaje porque en la redacción de la reforma no se implementa ningún mecanismo que permita, en igualdad de condiciones, apoyar y fortalecer a la industria aérea mexicana, con el objetivo de asegurar que no exista una competencia desleal debido que las aerolíneas locales se encontrarían en desventaja con algunas aerolíneas extranjeras”, menciona un dictamen consultado por El Financiero.
La iniciativa indica que la reforma inicial tenía como objetivo “permitir el cabotaje de permisionarias extranjeras en aeropuertos y aeródromos nacionales que cuenten con la infraestructura y las especificaciones requeridas para brindar dicho servicio y cuyas rutas sean de interés estratégico para el desarrollo de la infraestructura aeroportuaria del Estado mexicano”.
El cabotaje había sido rechazado por López Obrador, quien la semana pasada indicó que se iba a tomar más tiempo para analizar la propuesta.
“Vamos a esperar porque se está presentando la iniciativa, aunque quedó pendiente lo del cabotaje, queremos verlo con más profundidad y estamos buscando un acuerdo con los trabajadores”, señaló tras ser cuestionado en una de sus conferencias sobre las reuniones del general Isidro Pastor con aerolíneas extranjeras para darles permisos de operaciones en el AIFA.
En ese sentido, el dictamen (que se prevé sea aprobado en la sesión del jueves 20 de abril en la Cámara de Diputados) elimina el cabotaje por ser perjudicial para la industria.
La autorización del cabotaje para aerolíneas extranjeras estaba cimentado en el artículo 17 Ter, que establece que “las personas permisionarias extranjeras pueden solicitar a la Agencia Federal de Aviación Civil la autorización correspondiente para realizar operaciones de transporte de las personas pasajeras, carga y correo, o una combinación de estas, entre dos puntos del territorio nacional”.
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