¿Cancelaron tu vuelo? Conoce tus derechos y cómo debe apoyarte la aerolínea
Desde el pasado viernes 23 de diciembre, vísperas de Nochebuena, fueron cancelados 184 vuelos —salidas y llegadas — en el Aeropuerto Internacional de Tijuana, Abelardo L. Rodríguez, debido a una densa capa de neblina sobre la ciudad.
La administración del puerto aéreo transfronterizo explicó que por las “condiciones meteorológicas adversas”, hasta el último corte, se han generado 90 cancelaciones de vuelos que arriban a la ciudad y 94 que partían a otro destino, al interior del país.
“Tanto el Aeropuerto como las aerolíneas que operan en él, han trabajado arduamente y de manera coordinada para hacer que los pasajeros lleguen a su destino de manera segura, lo antes posible”, informó luego de las cientos de quejas de pasajeros sobre cómo estaban atendiendo el problema.
Las y los viajeros tuvieron un muy mal sabor de boca, ya que todos sus planea se fueron abajo. Ante este tipo de situaciones surge la pregunta ¿qué debes hacer si cancelan tu vuelo y a qué tienes derecho?
Ya que las condiciones climáticas no pueden depender de las aerolíneas, éstas no se hacen responsables de devolverte el dinero de tu boleto de avión, porque la cancelación no está en sus manos.
Sin embargo, eres acreedor a una serie de derechos por la cancelación del vuelo con los que las aerolíneas deben cumplir como:
- Asistencia: La aerolínea tiene la obligación de ofrecerte servicios de comunicación y alimentación si el vuelo se retrasa de 1 a 4 horas.
- Compensación: Si bien las aerolíneas no se hacen responsables si el vuelo se cancela, puedes solicitar una compensación si ves que otros vuelos sí salen del aeropuerto a tiempo, a pesar de las supuestas malas condiciones climáticas.
La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), a través de su oficina de asesoría jurídica, explica que “cuando la cancelación del vuelo se atribuya a factores externos a la aerolínea, el proveedor no se encuentra obligado a reembolsar cantidad alguna y/o indemnizar al consumidor. No obstante, en términos de lo dispuesto por el artículo 36 del Reglamento de Aviación Civil (RAC), el contrato de transporte de pasajeros celebrado con el consumidor será prorrogado automáticamente cuando por causas de fuerza mayor o caso fortuito el boleto sea cancelado, en el entendido de que dicha prórroga será por un periodo igual al que duren los efectos de aquellas causas, sin cargo adicional para el consumidor”.
La asociación AARP, que apoya con consejos a adultos mayores de Estados Unidos, recomienda adquirir seguros de vuelo, que garantizan una compensación en caso de cancelación por malas condiciones del clima.
Si estás en el aeropuerto y tu vuelo se retrasó e incluso está por cancelarse, te sugerimos leer su política de compensaciones, así como la Política de Compensación de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) para saber los beneficios a los que tienes derecho.
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